PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 192

 Autorízase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad
ejecutora 035 "Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas",
una partida de $ 3.524.380 (tres millones quinientos veinticuatro mil
trescientos ochenta pesos uruguayos), con cargo a la financiación 1.1
"Rentas Generales", para las contrataciones de personal que se considere
imprescindible hasta la aprobación de las reestructuras organizativas y de
puestos de trabajo de la unidad ejecutora. En oportunidad de la
formulación de dicha reestructura, los créditos autorizados en este
artículo se destinarán a su financiamiento, autorizándose a la Contaduría
General de la Nación a realizar las reasignaciones que correspondan.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).
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