PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 182

 Increméntase la asignación presupuestal del grupo 0 "Retribuciones
Personales" de la unidad ejecutora 004 "Comando General del Ejército" del
Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", con cargo a la financiación
1.1 "Rentas Generales", en $ 135.720 (ciento treinta y cinco mil
setecientos veinte pesos uruguayos) anuales con destino a abonar una
partida mensual de $ 2.000 (dos mil pesos uruguayos) para el Suboficial a
cargo y de $ 1.000 (un mil pesos uruguayos) para el personal subalterno,
todos pertenecientes a la Guardia Militar del grupo "Brigadier General
Manuel Oribe" del Comando General del Ejército, que cumplan efectivamente
tareas de guardia y custodia protocolar en la sede de la unidad ejecutora
001 "Dirección General de Secretaría de Estado".

Las partidas otorgadas en este artículo, incluyen aguinaldo y cargas
legales y serán ajustadas en la oportunidad y condiciones que se disponga
para los funcionarios públicos de la Administración Central.
Referencias al artículo
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