PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 171

 Habilítase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 300
"Defensa Nacional", unidad ejecutora 001 "Dirección General de
Secretaría", una partida anual de $ 12.272.435 (doce millones doscientos
setenta y dos mil cuatrocientos treinta y cinco pesos uruguayos), que
incluye aguinaldo y cargas legales, con cargo a la financiación 1.1
"Rentas Generales", a efectos de financiar la creación de los siguientes
cargos:

Escalafón     Grado     Denominación           Serie            Cantidad
A              15  Sub-Jefe de Departamento  Contador                4
A              15  Sub-Jefe de Departamento Analista Informático     1
C              13  Sub-Jefe de Departamento Administrativo           5
A              14  Jefe de Sección          Abogado                  1
A              14  Jefe de Sección          Escribano                1
C              12  Jefe de Sección          Administrativo           4
A              8   Asesor X                 Lic. en Trabajo Social   6
A              8   Asesor X                 Abogado                  7
A              8   Asesor X                 Escribano                1
A              8   Asesor X                 Analista Informático     1
A              8   Asesor X                 Bibliotecólogo           1
A              8   Asesor X                 Psicólogo                1
A             16   Asesor Jefe              Profesional              1
A             11   Asesor III               Abogado                  2
B             13   Jefe de Sección         Técnico Administración    1
B             13   Jefe de Sección         Téc. Relaciones Laborales 1
B             13   Jefe de Sección         Téc. Organización/Métodos 1

Facúltase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" a redefinir dichos
cargos en función de la reestructura prevista en el artículo 124 de la Ley
N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, previo informe de la Oficina Nacional
del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación.
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