SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 129
Asígnase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora
008 "Oficina Nacional del Servicio Civil", al programa 483 "Políticas de
Recursos Humanos", con cargo a la financiación 1.1 "Rentas Generales", una
partida anual de $ 12.330.000 (doce millones trescientos treinta mil pesos
uruguayos) para las contrataciones del personal que se considere
imprescindible, hasta la aprobación de las reestructuras organizativas y
de puestos de trabajo del Inciso.
La partida autorizada en este artículo será utilizada para la financiación
de dichas reestructuras, por lo que una vez aprobadas las mismas la
Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones pertinentes.
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).