CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOGISTICA (INALOG)




Promulgación: 12/11/2010
Publicación: 03/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1198

Artículo 3

 El Instituto Nacional de Logística (INALOG) tendrá los siguientes
cometidos:
A) Promover la profesionalización y la eficiencia del sector logístico
   en el país de forma de mejorar la posición competitiva de la
   exportación de servicios a la carga, las exportaciones de mercaderías
   nacionales y el ingreso de mercaderías a la región, con el fin de
   impulsar a Uruguay como polo de distribución regional.
B) Promover el desarrollo de la logística mediante acciones de
   investigación, extensión y divulgación.
   Promover acciones tendientes a posicionar al país como un prestador
   de servicios logísticos para la región, maximizando las exportaciones
   de servicios por este concepto. Crear y promover la marca URUGUAY
   LOGÍSTICO como distintivo de la calidad de la industria logística
   nacional.
   Preparar y ejecutar planes, programas y acciones promocionales, tanto
   a nivel interno como externo, a través de representaciones permanentes,
   itinerantes u otras.
   Coordinar las acciones promocionales de actividades logísticas que se
   cumplan en el exterior mediante el esfuerzo conjunto de agentes
   públicos y privados, contando al efecto con la colaboración y el apoyo
   de las representaciones diplomáticas y consulares de la República.
C) Asesorar al Poder Ejecutivo en todo lo concerniente a aspectos que
   puedan mejorar las condiciones para la gestión logística, las
   inversiones en infraestructura y las negociaciones internacionales
   vinculadas al comercio, al transporte y a los aspectos aduaneros y
   fiscales que afectan al sector.
D) Desarrollar y prestar servicios de información y apoyo a los
   agentes del sector logístico nacional e internacional. Generar
   información económica que permita modelizar, en tiempo real, la
   posición competitiva del país en la región, por modos de transporte,
   rutas y productos.
E) Identificar las necesidades de formación de los agentes del sector,
   tanto a nivel terciario como de mandos medios y operativos y proponer y
   coordinar la ejecución de los planes de capacitación necesarios.
G) Promover y coadyuvar a la difusión de la imagen del país en el
   exterior como proveedor de servicios logísticos, de manera de promover
   la radicación de inversiones extranjeras en el país.
H) Aplicar las leyes, decretos y normas vigentes relativas a las
   atribuciones y cometidos precedentes, dentro de sus competencias y
   atribuciones. A estos efectos podrá contratar los servicios de
   instituciones públicas o privadas de idoneidad reconocida y
   encomendarles la realización de análisis, estudios y actividades
   específicas.
I) Realizar toda otra actividad conducente al logro de sus objetivos.
   El INALOG estará facultado para requerir de los organismos públicos,
   así como de los privados, la información y la colaboración necesarias
   para el correcto cumplimiento de los cometidos que le marca la presente
   ley.
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