DECLARACION DEL 2011 COMO AÑO DE LA "CELEBRACION DEL BICENTENARIO DEL PROCESO DE EMANCIPACION ORIENTAL. COMISION DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE INDEPENDENCIA DEL RIO DE LA PLATA 2010 - 2015




Promulgación: 13/08/2010
Publicación: 07/09/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 564
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Créase una comisión interinstitucional que se denominará "Comisión del
Bicentenario de la Revolución de Independencia del Río de la Plata
2010-2015".

La misma estará integrada por:

-     Ministro de Educación y Cultura, quien la presidirá.

-     Ministro de Economía y Finanzas.

-     Ministro de Defensa Nacional.

-     Ministro de Relaciones Exteriores.

-     Ministro de Transporte y Obras Públicas.

-     Ministro de Turismo y Deporte.

-     Cuatro representantes de la Asamblea General del Poder Legislativo
      que expresen la diversidad partidaria de su integración.

-     Un representante del Poder Judicial.

-     Un representante de la Universidad de la República y un
      representante de las universidades privadas.

-     Un representante del Consejo Directivo Central de la Administración
      Nacional de Educación Pública.

-     Un Intendente delegado por el Congreso de Intendentes.

-     El Presidente de la Academia Nacional de Letras y el Presidente del
      Instituto Histórico y Geográfico del Uruguay.

-     El Director del Museo Histórico Nacional y el Director de la
      Biblioteca Nacional.

-     El Director del Archivo General de la Nación.

Todos los integrantes de la Comisión designarán un alterno. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 6.
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