PROCEDIMIENTOS PARA LA UTILIZACION DE ANIMALES EN ACTIVIDADES DE EXPERIMENTACION, DOCENCIA E INVESTIGACION CIENTIFICA




Promulgación: 02/10/2009
Publicación: 21/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1045
Reglamentada por: Decreto Nº 78/014 de 28/03/2014.

CAPITULO II - DE LA COMISION NACIONAL DE EXPERIMENTACION ANIMAL (CNEA)

Artículo 6

 La CNEA designará comisiones permanentes y temporarias y contará con una
secretaría ejecutiva responsable de la gestión administrativa. Los
cometidos e integración de las comisiones permanentes y temporarias serán
regulados por el reglamento interno de la CNEA. Los recursos humanos y
materiales necesarios para su funcionamiento serán de cargo del Ministerio
de Educación y Cultura.
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