LEY DE NEGOCIACION COLECTIVA




Promulgación: 11/09/2009
Publicación: 30/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 703
Referencias a toda la norma

II - CONSEJO SUPERIOR TRIPARTITO

Artículo 8

 (Integración).- El Consejo Superior Tripartito estará integrado por seis delegados del Poder Ejecutivo, seis delegados de las organizaciones más representativas de empleadores y seis delegados de las organizaciones más representativas de trabajadores, más un igual número de suplentes o alternos de cada parte.

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.027 de 18/12/2012 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.566 de 11/09/2009 artículo 8.
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