Fecha de Publicación: 30/09/2009
Página: 810-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 8

 (Integración).- El Consejo Superior Tripartito estará integrado por nueve
delegados del Poder Ejecutivo, seis delegados de las organizaciones más
representativas de empleadores y seis delegados de las organizaciones más
representativas de trabajadores, más un igual número de suplentes o
alternos de cada parte.
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