CREACION DEL FONDO DE INVERSION DEPARTAMENTAL




Promulgación: 11/09/2009
Publicación: 07/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 699
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 Los Gobiernos Departamentales podrán ceder, total o parcialmente, sus
derechos a la suscripción de Compromisos de Inversión con el Fondo en
beneficio de otro Gobierno Departamental, comunicándolo al Comité
Interinstitucional de Seguimiento del Fondo, creado por el artículo 11 de
la presente ley.
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