REGULACION DISTRIBUCION DEL TRABAJO DE PEONES PRACTICOS Y DE OBREROS NO ESPECIALIZADOS EN OBRAS DEL ESTADO




Promulgación: 26/06/2009
Publicación: 16/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1606
Reglamentada por: Decreto Nº 255/010 de 17/08/2010.

Artículo 5

 (Obligación de anunciar los sorteos).- La Oficina Departamental de
Trabajo deberá anunciar la realización de los sorteos con una anticipación
no menor a quince días, por medios idóneos y suficientes, a fin de que
puedan inscribirse previamente los ciudadanos interesados y presenciar el
acto.

En el mismo momento en que se realiza el anuncio previsto en el inciso
anterior, se deberá comunicar la realización de dicho sorteo al Ministerio
de Desarrollo Social, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la
respectiva Intendencia Municipal, a las Juntas Locales correspondientes y
al Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.
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