REGULACION DISTRIBUCION DEL TRABAJO DE PEONES PRACTICOS Y DE OBREROS NO ESPECIALIZADOS EN OBRAS DEL ESTADO




Promulgación: 26/06/2009
Publicación: 16/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1606
Reglamentada por: Decreto Nº 255/010 de 17/08/2010.

Artículo 12

 (Obligación de la empresa).- Las empresas contratadas para la ejecución
de las obras deberán comunicar a las Comisiones Departamentales de Trabajo
a que hace referencia la presente ley, la necesidad de peones prácticos
y/o no especializados, en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir
de la notificación de la adjudicación de la obra y toda vez que en el
transcurso de la misma fuere del caso.
Ayuda