Al momento de suscribirse el contrato se deberá inscribir al o a los
beneficiarios/as en el Banco de Previsión Social, debiendo descontarse de
sus haberes los aportes correspondientes y asegurarlos contra accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales ante el Banco de Seguros del
Estado.
En ningún caso se abonará a los trabajadores/as salarios inferiores a los
mínimos establecidos para la categoría laboral correspondiente, por los
respectivos Consejos de Salarios o Convenios Colectivos de Trabajo.
Al momento de celebrar los convenios con las instituciones públicas o
privadas se deberán incluir los costos de referencia.