CREACION INSTITUCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDDHH)




Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 27/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3270
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - PRESUPUESTO

Artículo 76

 (Rendición de Cuentas).- La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo rendirá cuentas anualmente a la Asamblea General y, asimismo, podrá proponer las modificaciones presupuestales que estime indispensables, dentro de los plazos previstos en el inciso segundo del artículo 108 de la Constitución de la República. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.806 de 14/09/2011 artículo 4.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.446 de 24/12/2008 artículo 76.
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