Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 76

 (Rendición de cuentas).- La INDDHH rendirá cuentas anuales a la Cámara de
Representantes.
En ocasión de la rendición de cuentas anual, la INDDHH podrá solicitar
ampliación presupuestal para lo cual se seguirá el procedimiento previsto
en el artículo 75 de esta ley.
Ayuda