TITULO III
ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA(*) CAPITULO XI
LA EDUCACION TERCIARIA
Artículo 81
(Ingreso).- La Educación Terciaria Pública facilitará el ingreso a sus
cursos y carreras a los estudiantes que hayan cursado en otras
instituciones terciarias, por medio de reválidas, o del reconocimiento de
los créditos correspondientes.
(*)Notas:
La denominación del Título III fue dada por Ley Nº 19.889 de 09/07/2020
artículo 144.
La denominación del Capítulo VI del Título III fue dada por Ley Nº 19.889
de 09/07/2020 artículo 155.