LEY GENERAL DE EDUCACION




Promulgación: 12/12/2008
Publicación: 16/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2959
Reglamentada por:
      Decreto Nº 294/013 de 11/09/2013,
      Decreto Nº 334/009 de 20/07/2009.
Referencias a toda la norma

TITULO III
ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA(*)
CAPITULO IV ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA

Artículo 53

 (Cometidos).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá los
siguientes cometidos:
A) Elaborar, instrumentar y desarrollar las políticas educativas que
   correspondan a los niveles de educación que el ente imparta, en el
   marco de los lineamientos generales y metas establecidos en el Plan de
   Política Educativa Nacional.(*)
B) Garantizar la educación en los diferentes niveles y modalidades
   educativas de su competencia a todos los habitantes del país,
   asegurando el ingreso, permanencia y egreso.
C) Asegurar el cumplimiento de los principios y orientaciones
   generales de la educación establecidos en la presente ley en los
   ámbitos de su competencia.
D) Promover la participación de toda la sociedad en la formulación,
   implementación y desarrollo de la educación en la órbita de su
   competencia.

(*)Notas:
La denominación del Título III fue dada por Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 
artículo 144.
Literal A) redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 147.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.437 de 12/12/2008 artículo 53.
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