LEY GENERAL DE EDUCACION




Promulgación: 12/12/2008
Publicación: 16/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2959
Reglamentada por:
      Decreto Nº 294/013 de 11/09/2013,
      Decreto Nº 334/009 de 20/07/2009.
Referencias a toda la norma

TITULO II
SISTEMA NACIONAL DE EDUCACION
CAPITULO II LA EDUCACION FORMAL

Artículo 33

 (De las modalidades de la educación formal).- La educación formal
contemplará aquellas particularidades, de carácter permanente o temporal,
personal o contextual, a través de diferentes modalidades, entendidas como
opciones organizativas o metodológicas, con el propósito de garantizar la
igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Se tendrá especial
consideración a la educación en el medio rural, la educación de personas
jóvenes y adultas y la educación de personas con discapacidades,
promoviéndose la inclusión de éstas en los ámbitos de la educación formal,
según las posibilidades de cada una, brindándoles los apoyos necesarios.
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