LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

TITULO II - DE LAS COOPERATIVAS EN PARTICULAR
CAPITULO I - CLASES DE COOPERATIVAS NORMAS COMUNES

Artículo 98

 (Clasificación y normativa aplicable).- Las cooperativas pueden
constituirse acogiéndose a cualquiera de las clases reguladas en el
presente Título. Esa clasificación no obstará a la constitución de otras
cooperativas, con tal de que quede determinada la actividad que
desarrollaran y los derechos y las obligaciones de los socios, en cuyo
caso se aplicará la normativa prevista para la clase de cooperativas con
las que aquéllas guarden mayor analogía.
Cada cooperativa, además de ajustarse a los principios consagrados en la
presente ley, y de regirse por las disposiciones de la Parte General
(Título I), se regirá por las disposiciones especiales de la clase
respectiva.

                               
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