(Trámites).- Para la fusión o incorporación, las entidades interesadas
elaborarán un plan de operaciones que una vez aprobado por el órgano
estatal de control y por el organismo público competente por la naturaleza
de la actividad que realice la cooperativa, será sometido a las Asambleas
Extraordinarias de las afectadas. Aprobada la fusión o la incorporación,
se solicitará la inscripción respectiva en el Registro de Personas
Jurídicas, Sección Registro Nacional de Cooperativas.