(Forma de convocatoria).- En todos los casos la convocatoria deberá
indicar fecha, hora y lugar de la Asamblea, y expresa mención de los
puntos del orden del día. Deberá realizarse en la forma prevista por el
estatuto, con adecuada publicidad, quedando debida constancia y con una
antelación mínima de diez días y un máximo de treinta días de la fecha de
la Asamblea.
La Asamblea podrá celebrarse sin publicidad de la convocatoria cuando
participen en ella todos los socios.
Son nulas las resoluciones sobre temas ajenos al orden del día.