TITULO IV - PATRIMONIO E INVERSIONES CAPITULO UNICO
Artículo 25
(Financiamiento patronal).- Las instituciones, entidades y empresas
indicadas en el artículo 3º y la propia Caja, contribuirán al
financiamiento de esta última mediante:
A) Los aportes patronales.
B) La adquisición de títulos de deuda emitidos por la Caja, en las
condiciones establecidas en la presente ley.