LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 83

 (Irrevocabilidad de las operaciones ordinarias).- En ningún caso serán
objeto de revocación las operaciones ordinarias del giro a que se dedica
el deudor.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 84 y 255 (vigencia).
Ayuda