(Legitimación para solicitar la declaración de concurso).- Pueden
solicitar la declaración judicial de concurso:
1) El propio deudor. En el caso de personas jurídicas, la solicitud
deberá ser realizada por sus órganos con facultades de
representación o por apoderado con facultades expresas para la
solicitud.
2) Cualquier acreedor, tenga o no su crédito vencido.
3) Cualquiera de los administradores o liquidadores de una persona
jurídica, aun cuando carezcan de facultades de representación, y
los integrantes del órgano de control interno.
4) Los socios personalmente responsables de las deudas de las
sociedades civiles y comerciales.
5) Los codeudores, fiadores o avalistas del deudor.
6) Las Bolsas de Valores y las instituciones gremiales de empresarios
con personería jurídica.
7) En el caso de la herencia, podrá además pedirlo cualquier heredero,
legatario o albacea.