LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 233

 (Cumplimiento total del acuerdo).- Una vez cumplidas íntegramente por el
deudor las obligaciones emergentes del acuerdo, el deudor solicitará al
Juez que así lo declare, acompañando los documentos que lo acrediten. En
caso de existir un concurso en trámite, solicitará además la conclusión
del concurso de acreedores.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).
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