APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION VIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 494

 Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar convenios de préstamo con la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas por un monto
de hasta el equivalente de un 25% (veinticinco por ciento) de las ventas
al mercado interno del año anterior, a los efectos exclusivos de solventar
las necesidades financieras transitorias, derivadas directamente del
encarecimiento del costo de abastecimiento de energía eléctrica por
razones climáticas, en circunstancias de crisis energética reconocidas
expresamente por el Poder Ejecutivo.
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