APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION VII - NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 492

 Al solo efecto de la liquidación del Impuesto al Valor Agregado se
otorgará a los contratistas y firmas consultoras que intervengan en la
ejecución de las obras del Programa de Saneamiento Ambiental de Ciudad de
la Costa, exclusivamente en su parte financiada con endeudamiento externo
y en la ejecución de las obras de tratamiento y disposición final de
efluentes del Sistema Maldonado-Punta del Este, departamento de Maldonado,
un régimen administrativo similar al que rige para los exportadores.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 87/009 de 16/02/2009.
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