APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 29 - ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 469

 Autorízase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a
contratar, en régimen de arrendamiento de servicios profesionales, a los
Médicos de Familia comprendidos en el penúltimo inciso del artículo 104 de
la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, hasta tanto no se incorporen
al padrón presupuestal.

                               
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