APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 29 - ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 460

 Asígnase en el Grupo 0 "Retribuciones Personales" una partida para el
Ejercicio 2008 de $ 35:516.703 (treinta y cinco millones quinientos
dieciséis mil setecientos tres pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y
cargas legales, a efectos de cancelar la deuda en concepto de lo dispuesto
por el artículo 104 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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