SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 288
Asígnase, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 11
"Ministerio de Educación y Cultura" Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial
de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos", una partida anual de $
2:900.000 (dos millones novecientos mil pesos uruguayos), incluidos
aguinaldo y cargas legales, Financiación 1.1 "Rentas Generales", con
destino a contrataciones zafrales en las radios de la Unidad Ejecutora.