APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 276

 Autorízase a la Corporación Nacional para el Desarrollo a administrar el
fideicomiso creado por el Decreto Nº 347/006, de 28 de setiembre de 2006,
y regulado por los Decretos Nº 219/007, de 21 de junio de 2007, Nº 406/007
y Nº 407/007, ambos de 27 de octubre de 2007, a través de la sociedad de
su propiedad Corporación Nacional Financiera - Administradora de Fondos de
Inversión Sociedad Anónima (CONAFIN - AFISA).

Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Pórtland a transferir directamente a CONAFIN - AFISA los fondos
provenientes de la recaudación adicional del precio de los combustibles
que se destine al financiamiento del citado fideicomiso.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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