APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 180

 La Dirección Nacional de Aduanas elevará al Ministerio de Economía y
Finanzas, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, dentro de los
ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, el "Estatuto
del Funcionario Aduanero", sobre la base de lo establecido en el Decreto
Nº 30/003, de 23 de enero de 2003, "Normas de Conducta en la Función
Pública".
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