APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 137

 Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", en la Unidad Ejecutora
001 "Secretaría del Ministerio del Interior", las siguientes Divisiones:
Política Institucional y Planificación Estratégica; Gerencia Financiera;
Servicios Tecnológicos; Jurídico Notarial; Infraestructura; Logística;
Servicios Administrativos; Gestión y Desarrollo Humano y Contralor de
Servicios de Seguridad, que dependerán funcionalmente del Director General
de Secretaría, con excepción de la División Política Institucional y
Planificación Estratégica, la cual dependerá directamente del Ministro. El
Ministerio del Interior con el previo asesoramiento de la Oficina Nacional
del Servicio Civil y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
propondrá las estructuras de las Divisiones mencionadas precedentemente,
quedando facultado para cambiar su denominación.
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