Reglamentada por: Decreto Nº 414/009 de 31/08/2009.
Ver: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 189 (declara que se exceptua a
UTE, ANTEL y OSE, de las limitaciones para brindar información a los
Gobiernos Departamentales).
CAPITULO III - DERECHOS DE LOS TITULARES DE LOS DATOS
Artículo 13
Derecho de información frente al tratamiento y recolección de datos. Cuando se recaben datos personales se deberá informar previamente a sus titulares en forma expresa, precisa e inequívoca:
A) La finalidad para la que serán tratados y quiénes pueden ser sus
destinatarios o clase de destinatarios.
B) La existencia de la base de datos, electrónico o de cualquier otro
tipo, de que se trate, la identidad y domicilio de su responsable.
C) El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas al
cuestionario que se le proponga, en especial en cuanto a los datos
sensibles.
D) Las consecuencias de proporcionar los datos y de la negativa a
hacerlo o su inexactitud.
E) La posibilidad del titular de ejercer los derechos previstos en
los artículos 14 a 16 de la presente ley.
F) La existencia o no de transferencias internacionales de datos.
G) En el caso de tratamientos automatizados de datos regulados por el
artículo 16 de la presente ley, los criterios de valoración, los
procesos aplicados y la solución tecnológica o el programa
utilizado.
Cuando los datos personales no sean recolectados directamente de sus
titulares, la información referida en el presente artículo les deberá
ser proporcionada a estos en un plazo de cinco días hábiles de
recibida la solicitud por parte de los responsables. El incumplimiento
habilitará al titular a realizar las acciones que correspondan.
El órgano de control podrá establecer condiciones específicas para la
publicidad permanente de la información indicada en el presente
artículo, cuando las condiciones técnicas y el tipo de tratamiento
realizado así lo permitan. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 62.
Ver vigencia: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 5.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.331 de 11/08/2008 artículo 13.