SEGURIDAD SOCIAL. JUBILACIONES Y PENSIONES




Promulgación: 04/07/2008
Publicación: 15/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 15
Reglamentada por: Decreto Nº 344/008 Derogada/o de 16/07/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 (Retenciones liberatorias y sistemas de liquidación simplificada).- Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer:

   A) Regímenes de retención del impuesto correspondiente a los ingresos
      gravados por este Título, que liberarán al contribuyente de la
      obligación de practicar la liquidación y presentar la declaración
      jurada correspondiente.

   B) Sistemas de liquidación simplificada, los que se establecerán  
      teniendo en cuenta la dimensión económica del contribuyente.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 184.
Ver vigencia: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo: 16 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.314 de 04/07/2008 artículo 10.
Referencias al artículo
Ayuda