DECLARACION DE INTERES NACIONAL. LUCHA CONTRA LA GARRAPATA COMUN DE BOVINO




Promulgación: 17/04/2008
Publicación: 25/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 853
Reglamentada por: Decreto Nº 9/010 de 12/01/2010.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 (La autoridad sanitaria competente y sus facultades).- La Dirección
General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca será la autoridad sanitaria competente para la dirección, operación,
administración, control y fiscalización de la lucha contra la garrapata
boophilus microplus, de acuerdo con lo que establezca la presente ley y
reglamentación respectiva.
A dichos efectos podrá requerir la cooperación de otras instituciones
públicas y privadas.
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