DECLARACION DE INTERES NACIONAL. LUCHA CONTRA LA GARRAPATA COMUN DE BOVINO




Promulgación: 17/04/2008
Publicación: 25/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 853
Reglamentada por: Decreto Nº 9/010 de 12/01/2010.
Referencias a toda la norma

Artículo 12

 (Del tratamiento precaucional).- El ganado bovino que concurra a
exposiciones, remates ferias o liquidaciones de establecimientos ubicados
en las zonas de control o en erradicación, recibirá un tratamiento
precaucional, previo al egreso de los animales de los locales mencionados.
Quedan exceptuados los bovinos con destino a plantas de faena no
habilitada para la exportación, siendo de aplicación lo dispuesto por el
inciso tercero del artículo 9º de la presente ley.
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