LEY DE MIGRACIONES




Promulgación: 06/01/2008
Publicación: 17/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 32
Reglamentada por: Decreto Nº 394/009 de 24/08/2009.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XII - DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL

Artículo 63

 Las empresas de transporte internacional quedan obligadas a transportar a
su cargo fuera del territorio uruguayo y en el plazo que se le fije, a
toda persona extranjera cuya expulsión ordene la autoridad administrativa
o judicial competente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 64, 66 y 67.
Ayuda