APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 31/08/2007
Publicación: 07/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 489
Referencias a toda la norma

SECCION VI - OTROS INCISOS
INCISO 24 DIVERSOS CREDITOS

Artículo 303

 Habilítase en el Inciso 24 "Diversos Créditos" las partidas en los
ejercicios y fuentes de financiamiento que se detallan:

A ser ejecutados por el Ministerio de Economía y Finanzas

                                           RENTAS  ENDEUDAMIENTO
PROYECTO                   EJERCICIO     GENERALES    EXTERNO      TOTAL
                                             $          $            $

904-Convenio de Asistencia
 Técnica BIRF                 2007                   7.344.000   7:344.000
                              2008                  41:616.000  41:616.000
                              2009                  48.960.000  48:960.000

905-Programa de Apoyo a la
Implementación                2007     1.468.800                 1:468.800
de una gestión por resultados
(contraparte local cooperación
técnica no                    2008     2.399.040                 2:399.040
reembolsable BID)

766-Fortalecimiento de la
capacidad de                 2008      1.762.560    20:269.440  22:032.000
negociación del comercio
exterior                     2009      3.672.000    33:048.000  36:720.000

- Modernización de la
Dirección Nacional           2008     22.032.000    51:408.000  73:440.000
de Aduanas                   2009     29.376.000    68:544.000  97:920.000

A ser ejecutados por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación

                                           RENTAS  ENDEUDAMIENTO
PROYECTO                   EJERCICIO     GENERALES    EXTERNO      TOTAL
                                             $           $           $

906-Fortalecimiento del
Sistema Nacional             2007     2:310.525     12:225.000  14:535.525
de Investigación e
Innovación                   2008    79:419.750     77:017.500  56:437.250
                             2009   130:992.000     41:810.000 172:802.000

907-Programa Sectorial de
Apoyo al                     2008    39:168.000                 39:168.000
Sistema Nacional de
Innovación                   2009    39:168.000                 39:168.000
(contraparte local donación
Comunidad Europea)

908-Fondo Coreano de Alianza
para el                      2007     1:500.000                  1:500.000
conocimiento en Tecnología e Innovación     2008     1:000.000   1:000.000
(contraparte local cooperativa técnica
no reembolsable BID)

A ser ejecutado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay

PROYECTO                    RENTAS GENERALES           IMPORTE
                                                          $
909-Plan Ceibal                 2007                 200:000.000
                                2008                 175:000.000
                                2009                 375:000.000

Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Agencia Nacional de
Investigación e Innovación a ejecutar los programas autorizados en la
presente norma, mediante convenios con organismos públicos, privados o
personas públicas no estatales. Las transferencias que el Ministerio de
Economía y Finanzas realice a las instituciones con las cuales celebre
convenios, así como las que realice a la Agencia Nacional de Investigación
e Innovación y al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), estarán
supeditadas a la evaluación del citado Ministerio sobre el uso de los
fondos y el grado de avance de cada programa.

Los ejecutores de los proyectos deberán comunicar, dentro de los noventa
días de vigencia de la presente ley, a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación, la distribución de las
partidas asignadas.

Los créditos asignados en la presente ley con destino a la Agencia
Nacional de Investigación e Innovación, se imputarán con cargo a lo
dispuesto por el artículo 120 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de
2006.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 08/10/2007.
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