SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 25
ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA
Artículo 278
Declárase que el usufructo otorgado al Inciso 25 "Administración Nacional
de Educación Pública", del inmueble propiedad de la Administración
Nacional de Correos, fracciones 2 y 3 del Padrón Nº 4173 de la 3ra.
Sección Judicial del departamento de Montevideo (Sarandí 472/468 y Treinta
y Tres 1321) para actividades culturales y educativas dado por el artículo
130 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, y las obras que a esos
efectos se realizaron y realizan, están comprendidas en los beneficios
tributarios que el régimen impositivo de la legislación vigente confiere a
la citada Administración Nacional de Educación Pública desde el mismo día
de comienzo de dichas obras.