SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 13
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 239
Créase en el programa 005 "Seguridad Social", unidad ejecutora 005
"Dirección Nacional de Seguridad Social", un cargo de particular confianza
que se denominará Director Nacional de Seguridad Social, el que estará
comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de
abril de 1986, y sus modificativas.
Habilítase en dicho programa una partida de $ 1:330.000 (un millón
trescientos treinta mil pesos uruguayos) con destino a financiar contratos
a término.