GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. ORGANIZACION Y PRESTACION DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES




Promulgación: 08/01/2007
Publicación: 19/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 87

Artículo 4

   Sin perjuicio de los controles constitucionales o legales que 
correspondieren, la iniciativa a elevar al Parlamento por los Gobiernos
Departamentales respecto a las operaciones a que refiere el artículo 3º 
de la presente ley, deberá especificar los controles contables y de gestión que se establezcan para las mismas.

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