LEY DE REFORMA TRIBUTARIA




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 18/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1784
Referencias a toda la norma

TASA DE CONTROL REGULATORIO DEL SISTEMA FINANCIERO

Artículo 95

 Estructura.- Créase la Tasa de Control Regulatorio del Sistema Financiero, que se devengará por las actividades reguladas por el Banco Central del Uruguay. 

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 795/008 de 29/12/2008.
Ver en esta norma, artículo: 113 (vigencia).
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