LEY DE REFORMA TRIBUTARIA




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 18/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1784
Referencias a toda la norma

Artículo 1

 Deróganse los siguientes tributos: 
-     Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP). 
-     Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social 
      (COFIS). 
-     Impuesto a los Activos de las Empresas Bancarias (IMABA). 
-     Impuesto de Control del Sistema Financiero (ICOSIFI). 
-     Impuesto Específico a los Servicios de Salud (IMESSA). 
-     Impuesto a las Pequeñas Empresas (IPEQUE). 
-     Impuesto a las Comisiones (ICOM). 
-     Impuesto a las Telecomunicaciones (ITEL). 
-     Impuesto a las Tarjetas de Crédito (ITC). 
-     Impuesto a las Ventas Forzadas (IVF). 
-     Impuesto a las Rentas Agropecuarias (IRA). 
-     Impuesto a las Cesiones de Derechos sobre Deportistas. 
-     Impuesto a la Compraventa de Bienes Muebles en Remate Público. 
-     Impuesto a los Concursos, Sorteos y Competencias (ICSC). 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 113 (vigencia).
Referencias al artículo

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JOSE DIAZ - REINALDO GARGANO - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
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