PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 161

 Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", a
partir del 1º de abril de 2008, el programa 07 "Desarrollo Rural", cuya
unidad ejecutora será la Dirección General de Desarrollo Rural.
Serán cometidos de la unidad ejecutora:
A) Asesorar al Ministro en la formación de planes y programas de
   desarrollo rural que atiendan en particular la situación de los
   sectores rurales más vulnerables, trabajadores rurales, desocupados y
   pequeños productores.
B) Ejecutar los planes y programas dirigidos a brindar la más amplia
   asistencia y apoyo a las familias rurales de los estratos de menores
   ingresos y coordinar las acciones tendientes a ello con otras
   instituciones públicas y/o privadas del sector agropecuario.
C) Determinar regiones o zonas que por su ubicación, disponibilidad
   de recursos naturales o situación socio-económica, se consideren
   prioritarias para la aplicación de los planes de desarrollo.
D) Solicitar trabajos de investigación a los institutos pertinentes
   cuando considere necesario realizar estudios, profundizaciones,
   análisis de casos o búsqueda de alternativas para orientar las acciones
   de desarrollo de su competencia.
E) Asegurar y mejorar en forma sostenible el acceso de la población
   objetivo a todos los servicios de apoyo técnico, financiero e
   institucional.
F) Contribuir al fortalecimiento de las instituciones del sector
   agropecuario que nuclean a la familia rural, de pequeños productores,
   trabajadores y desocupados rurales.
G) Contribuir a potenciar el capital humano, cultural y económico de la
   población objetivo y de las instituciones que integran, a través de la
   generación de redes sociales.
H) Brindar el ámbito institucional para las actividades ejecutadas a
   través de la Comisión Honoraria en el Area de la Juventud Rural y por
   la Comisión Honoraria en el Area de la Mujer Rural.
I) Todo otro cometido que le asigne el Poder Ejecutivo.
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