Los jerarcas de los Incisos de la Administración Central podrán asignar
funcionarios de sus dependencias para desempeñar tareas en régimen de
"comisión de servicio" en cualquiera de sus unidades ejecutoras.
Esta asignación deberá disponerse indicando el plazo máximo de desempeño,
el que no podrá exceder de tres años consecutivos.
Esta asignación será por el plazo de tres años, pudiendo renovarse por iguales períodos por razones de servicio. (*)
(*)Notas:
Inciso 2º) redacción dada por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 15.
Inciso 2º) ver vigencia: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 3.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 16.