El Ministerio de Educación y Cultura suministrará la infraestructura y
los recursos humanos necesarios para el funcionamiento de la Comisión
Honoraria, de acuerdo a la organización que establezca el Poder Ejecutivo
en el decreto reglamentario.
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículos 2 y 640.