APROBACION DEL MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE URUGUAY E ITALIA SOBRE AYUDA FINANCIERA




Promulgación: 09/06/2004
Publicación: 15/06/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1398

Artículo 1

 Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del 
Uruguay y la República Italiana, referido al otorgamiento a nuestra 
República de una ayuda financiera de E 20.000.000 (veinte millones de 
euros), suscrito en la ciudad de Milán (República Italiana), el 16 de 
octubre de 2003. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

 El Ministerio de Economía y Finanzas definirá con el Banco italiano 
"Medio Credito Centrale S.p.A." los aspectos financieros de ejecución del 
programa, en el marco de los términos y condiciones estipulados en el 
memorándum de entendimiento.

BATLLE - ISAAC ALFIE - DIDIER OPERTTI


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