CREACION DE LA UNIDAD INDEXADA (UI)




Promulgación: 12/05/2004
Publicación: 19/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 947
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El Instituto Nacional de Estadística se encargará de todo lo relativo 
a la administración de la nueva unidad de cuenta y dará publicidad al valor diario de la UI que resulte de aplicar la metodología indicada en 
el artículo 2º de la presente ley.
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