Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de las
monedas que integrarán el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas del
Centenario de la FIFA 2004 y el Programa Oficial de Monedas
Conmemorativas de la Copa del Mundo FIFA Alemania 2006, hasta las
cantidades y con las características que se determinan en los artículos
siguientes, facultándose a prescindir del requisito de la licitación
pública y proceder a la contratación directa con La Real Casa de la
Moneda - Fábrica Nacional de Moneda y Timbre de España.